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MALAS NOTICIAS PARA LAUTARO TERUEL, EL HIJO DEL "NOCHERO" DETENIDO.

Lautaro Teruel, hijo de Mario Teruel, cantante de Los Nocheros, recibió una de las peores noticias en su celda donde cumple su condena.

Recordemos que Lautaro Teruel, hijo de uno de Los Nocheros, deberá cumplir 12 años de prisión en una cárcel común. Aunque la fiscalía había pedido la pena de 17 años, la noticia trajo cierto alivio a las familias de las dos víctimas.

Ahora La Sala II del Tribunal de Impugnación denegó el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución de esa sala que hizo lugar parcialmente a los recursos de casación y confirmó la sentencia condenatoria.

"La condena a Teruel en los dos casos es muy importante. Fue buena para el contexto de Justicia en el que estamos. Muy lentamente están habiendo cambios en la Justicia. Este caso lo muestra. Sin embargo vemos que, en general, para que haya condenas tiene que haber antes algún tipo de confesión por parte del acusado, como sucedió con Teruel, que hasta hizo un pedido de disculpas", contó en el 2021, Mariana Vargas, integrante de la organización de abogadas feministas Abofem.

Para la abogada, en los casos de abuso sexual a la mujer no se le cree lo que denuncia. "En el 99% de los casos en que la denuncia la hace una mujer adulta o adolescente aunque se llegue al juicio oral, quedan impunes. Se exige que tenemos que demostrar que nos resistimos al ataque con alguna prueba", dice. Y agrega: "Si no tenés moretones por haberte defendido, si no te escucharon gritar, pedir ayuda, la duda va en favor del acusado. Las penas suelen favorecer a los autores, las mujeres solemos llevar las de perder".

De esta forma se dispuso que la condena lo sea como autor responsable del delito de "abuso sexual con acceso carnal (cuatro hechos)", conforme lo previsto por el artículo 119, tercer párrafo del Código Penal.

Los jueces Pablo Arancibia y Guillermo Polliotto recordaron que "si bien a este Tribunal no le incumbe juzgar sus propios pronunciamientos cuando es llamada a decidir sobre la concesión o denegación del recurso de inconstitucionalidad, tiene el deber de examinar, a la par de los extremos formales, si cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a un caso que reviste un inequívoco carácter excepcional".

Apuntaron los jueces que "los motivos y agravios propuestos por el recurrente no revelan la concurrencia de ninguna de las taxativas causales que poseen entidad para viabilizar la vía extraordinaria instada."

Solo surge evidente, aclararon, "una vez más la disconformidad de la parte recurrente con lo resuelto por el Tribunal y por esta Alzada, siendo que podrá compartirse o no lo decidido por este Tribunal de Impugnación, pero los argumentos ponderados en el fallo puesto en crisis no pueden considerarse, a nuestro criterio, arbitrarios para invalidar el acto jurisdiccional oportunamente emitido."

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