ANDRES CALAMARO. |
Vaca Narvaja dijo que la acción de Calamaro no constituye delito alguno.
“No se basta a sí misma porque, evidentemente, decir ‘que linda noche para…’ jamás puede constituir un delito. Se trata sólo de una manifestación apreciativa que deja un espacio abierto para que cualquiera pueda completarla de la manera que prefiera”, argumentó el magistrado, informó La mañana de Córdoba.
“Que la conducta supuestamente desplegada por Andrés Calamaro no reviste la capacidad objetiva suficiente para superar el límite de la libertad de expresión y resulta atípica por tratarse de un mero despliegue artístico sin aptitud para promover de manera autónoma, clara y contundente el consumo de estupefacientes”, agrega el juez.
Además consideró que la denuncia fue liviana, inútil y que provocó un innecesario gasto de recursos.
Al recordar que el Tribunal Oral Federal Nº1 de La Plata absolvió a Calamaro de una denuncia similar en 1994, Vaca Narvaja expresó:n “Debo resaltar que aquella absolución debiera haber advertido tanto al denunciante como a la Sra. Fiscal de la liviandad e inutilidad de esta denuncia”.
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